- ¡Disponible sólo en Internet!
- ¡En oferta!
- Decreto de aplicación del artículo R.313-32-1 del código de circulación relativo a la señalización que materializa ángulos muertos en vehículos pesados.Adhesivo para los rincones muertos del Autocar y el Camión en uso para Francia.
- Medidas 250 x 170 mm, también disponible en aluminio metálico en el menú.
- Puede seleccionar si en autobús o en camión.
- ¿Qué vehículos se ven afectados por esta obligación? Cualquier vehículo con un peso bruto superior a 3,5 toneladas.
¿Están sujetos los vehículos extranjeros a esta obligación? Sí. Tenga en cuenta que si ya están usando un dispositivo destinado a indicar la presencia de puntos ciegos según la legislación de otro Estado miembro de la UE en los lados y la espalda, se considera que están en regla.
¿A dónde va la señalización? Las señales se colocarán de manera que sean visibles en todas las circunstancias y de tal manera que no puedan obstruir la visibilidad de las placas e inscripciones reglamentarias del vehículo, la visibilidad de las diversas luces y dispositivos de señalización y el campo de visión del vehículo conductor.
¿Existen requisitos reglamentarios para la colocación de señalización? Sí. Los carteles deben respetar una posición muy concreta prevista en el artículo 2 del proyecto de decreto.
Desde el próximo 1° Enero todos los vehículos pesados, incluidos los autobuses, que circulan dentro del territorio francés, deberá instalar etiquetas (adhesivos o rótulos) en lo que se consideran puntos ciegos para el conductor.
El 1 de enero de 2021, en Francia, entrará en vigor el decreto relativo a la aplicación del artículo R. 313-32-1 del código de circulación relativo a la notificación de la presencia de puntos ciegos en vehículos pesados. Cualquier medio sujeto a este decreto deberá presentar el nuevo informe, en caso contrario los órganos encargados de laEl territorio francés podrá sancionar a conductores y transportistas.
Este decreto se refiere a:
- conductores y propietarios de vehículos pesados cuyo peso total autorizado de carga supere las 3,5 toneladas;
- autobuses y autocares articulados.
Conductores, propietarios de vehículos pesados, usuarios vulnerables (en particular ciclistas, peatones, usuarios de medios de transporte individuales) y autoridades de control son las categorías de personas afectadas en este decreto./ span>
Hemos resumido con ejemplos visuales los medios y los informes correctos que deberán presentar.
AUTOBÚS
Disposiciones a respetar en altura en la señalización lateral y trasera:
a) 1500 mm de distancia máxima permitida desde el suelo
b) Distancia mínima permitida de 900 mm desde el suelo
Disposiciones a respetar en la señalización lateral en ambos lados:
c) Vehículo de motor: dentro de 1000 mm desde el frente total
Disposiciones drespetar en la señalización de la cara trasera:
A la derecha del plano longitudinal mediano