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- Disco adhesivo de 20cm (200mm) de diámetro con límite de velocidad, en material reflectante 3M, homologado UE y conforme al Art.142 del Código de Circulación.
- HOMOLOGADOS EN REGLA CON EL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN
- Los discos de límite de velocidad indican la velocidad máxima permitida según el tipo de vehículo y la carretera. El artículo 142 del Código de Circulación obliga a los transportistas a colocar en la parte trasera de su vehículo dos discos de señalización.
- Reflectantes, con detalles precisos, colores brillantes y excelente resistencia en el tiempo, también disponibles con soporte metálico de 20cm.
- Decreto Ministerial nº 495 del 16.12.1992, Art. 344 para “Límites de velocidad” CONFORME
Abierto y Operativo
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Los discos de límite de velocidad indican la velocidad máxima permitida según el tipo de vehículo y la carretera de circulación. El artículo 142 del Código de Circulación obliga a los transportistas a colocar en la parte trasera de su vehículo dos discos de señalización; la obligación afecta a todos los vehículos de transporte de mercancías, excepto a los vehículos militares cuando estén en servicio de las fuerzas armadas.
La primera señal debe colocarse en la parte trasera izquierda del vehículo y representa el límite máximo permitido en carreteras extraurbanas, mientras que la segunda, colocada en la parte trasera derecha del vehículo, representa el límite máximo permitido para ese vehículo en la autopista.
En el caso de conjuntos de vehículos, las señales deberán colocarse en la parte trasera del remolque.
A continuación, enumeramos todas las categorías de vehículos implicados y las señales a aplicar:
LÍMITE 40—60 Todos los vehículos de obra cuando circulen a plena carga LÍMITE 70—80 Trenes de carretera compuestos por tractor y remolque, camiones con una masa total en plena carga superior a 12 toneladas destinados al transporte de mercancías u otros usos; camiones con una masa total superior a 5 toneladas cuando estén destinados al transporte de personas. LÍMITE 80—100 Vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa total en plena carga superior a 3,5 toneladas y hasta 12 toneladas. Los discos de límite de velocidad que se deben aplicar deben tener un diámetro de 20 cm y estar provistos de película homologada, según lo exige la ley, de lo contrario se podrá incurrir en sanciones administrativas. Además, se recomienda aplicar los discos de límite de velocidad en un ambiente seco después de haber limpiado adecuadamente la superficie para evitar que se despeguen con el tiempo.