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Señal de límite de velocidad en aluminio retrorreflectante 3M
Señal de límite de velocidad en aluminio retrorreflectante 3M
Señal de límite de velocidad en aluminio retrorreflectante 3M
Señal de límite de velocidad en aluminio retrorreflectante 3M

Señal de límite de velocidad en aluminio retrorreflectante 3M homologada clase 2

  • Disco de aluminio de 20cm (200mm) de diámetro con límite de velocidad en material reflectante 3M, homologado por la UE y conforme al Art.142 del Código de circulación.
  • Los discos de límite de velocidad indican la velocidad máxima permitida según el tipo de vehículo y la carretera recorrida. El artículo 142 del Código de circulación obliga a los transportistas a colocar en la parte trasera de su vehículo dos discos de señalización.
  • Reflectantes, detalles precisos, colores brillantes y excelente resistencia en el tiempo, ya montados sobre soporte metálico de aluminio.
  • Decreto Ministerial n. 495 del 16.12.1992, Art. 344 para «Límites de velocidad» CONFORME

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Los discos de límite de velocidad indican la velocidad máxima permitida según el tipo de vehículo y la carretera recorrida. El artículo 142 del Código de circulación obliga a los transportistas a colocar dos discos de señalización en la parte trasera de su vehículo; la obligación se aplica a todos los vehículos de transporte de mercancías, excepto a los vehículos militares cuando estén destinados a las fuerzas armadas.

La primera señal debe colocarse en la parte trasera izquierda del vehículo y representa el límite máximo permitido en carreteras secundarias, mientras que la segunda, colocada en la parte trasera derecha, representa el límite máximo permitido para ese vehículo en autopistas.

En el caso de conjuntos de vehículos, las señales deberán colocarse en la parte trasera del remolque.

A continuación enumeramos todas las categorías de vehículos implicados y las señales a aplicar:

LÍMITE 40—60 Todos los vehículos de obra cuando circulen a plena carga LÍMITE 70—80 Trenes de carretera compuestos por tractor y remolque, camiones con una masa total cargada superior a 12 toneladas destinados al transporte de mercancías u otros usos; camiones con una masa total superior a 5 toneladas cuando se utilicen para transporte de personas. LÍMITE 80—100 Vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa total cargada superior a 3,5 toneladas y hasta 12 toneladas. Los discos de límite de velocidad a aplicar deben tener un diámetro de 20 cm y estar equipados con película reflectante homologada, según lo exige la ley, de lo contrario se podrá incurrir en sanción administrativa. Además, se recomienda aplicar los discos de límite de velocidad en un ambiente seco después de limpiar adecuadamente la superficie para evitar que se despeguen con el tiempo.

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